martes, 23 de octubre de 2007

RESEÑA DE LA LEY DE JUVENTUD

RESEÑA DE LA LEY DE LA JUVENTUD


Jaime Niño Diez, es sociólogo, magíster en educación. Fue comisionado nacional de televisión durante los años 2001 a 2005.
Tiene excelentes facultades de comunicación y educación. Razón por la cual tuvo la oportunidad de ser ministro de educación en el gobierno de Samper, rector de la universidad autónoma y director general del ICETEX e ICFES.
Durante su tiempo de ministro motivo la realización de la ley de la juventud la cual firmo.
Niño fue consciente de que la Ley con el solo hecho de ser promulgada no modificaría la situación nacional. Conjuntamente lo que prima para el ex ministró es que los jóvenes deben apropiarse de su Ley para hacer realidad sus alcances y, aprovechar los nuevos y valiosos espacios que se abren ante ellos.


En la Ley de la juventud se entiende por joven a: “la persona entre 14 y 26 años; igualmente se define a la juventud como el cuerpo social dotado de una considerable influencia en el presente y futuro de la sociedad”.
La Ley se divide en IX capítulos, los cuales hablan acerca de cinco ejes principales que son: principios, marco constitucional, políticas y planes de desarrollo, núcleos estratégicos y sistema de financiación.
Los principios establecen el objeto de la ley, resaltan la participación de los jóvenes como una oportunidad para que se conviertan en actores del desarrollo social. Enmarca mediante 51 artículos los derechos, deberes, y formas de crear participación de acuerdo a cualquier mecanismo existente al alcance de los jóvenes.
La LEY se usa en pro del desarrollo personal y social de cada joven que es el futuro de la nación.
Se habla acerca de que el joven tiene derecho a vivir una adolescencia y juventud formativa de manera integral y creativa. Por ende el estado tiene la obligación de brindarle al joven una educación digna y su promoción en la vida cultural, económica, social, y demás aspectos que le afecten.
La Ley expone los argumentos de que el estado deberá dar trato especial y preferente a los y las jóvenes pertenecientes a comunidades afrocolombianas, indígenas, raizales y campesinas, que se encuentren en circunstancias de debilidad y vulnerabilidad con el fin de crear igualdad.
El texto dice que es de suma importancia que el joven tenga participación para que sea actor de su propio desarrollo. Y en la realización de convivencia, dialogo, solidaridad, cultura se convierten en conductores de desarrollo del país.


Por lo general muchos jóvenes hacen uso de la ley sin siquiera saberlo y de igual forma se le violan derechos sin ellos darse cuenta y sin tener la opción de defenderse ante una persona natural o jurídica.
Finalmente esta ley se puede convertir en una herramienta fundamental del joven colombiano siempre y cuando la sepa usar en pro del bienestar común de la sociedad. De tal modo que ejerzan la participación democrática desde el rol que ocupan, es decir que de acuerdo a las actividades que más les apasionen puedan crear espacios culturales y de cualquier otra índole siendo respaldados por el estado.

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